Proceso de Revisión, Reparación y Recuperación Estudiantil
Departamento de Control de Estudio e Información | C.E.N.B. Bicentenario Republicano
Directrices y Pasos a Seguir ante Materias Pendientes
Cuando un estudiante finaliza el año escolar o un lapso con asignaturas pendientes (por ejemplo, Matemática u otras cátedras), el Departamento de Control de Estudio, en conjunto con la coordinación de año, establece el protocolo formal amparado en las normativas del Ministerio del Poder Popular para la Educación (MPPE).
- 1. Orientación con el Docente de Cátedra: El representante y el estudiante deben dirigirse al docente de la materia cursada durante el año escolar. El profesor indicará detalladamente los contenidos, objetivos, lecturas y trabajos prácticos que el alumno debe estudiar y repasar para la prueba final de reparación.
- 2. Primera Etapa de Reparación (Evaluación Final): El estudiante presentará su prueba, trabajo o proyecto en la fecha asignada por la institución. De no aprobar en esta primera oportunidad, el sistema contempla el pase a una segunda etapa.
- 3. Segunda Etapa de Revisión/Reparación: Consiste en la última oportunidad reglamentaria de recuperación académica. El estudiante que no asista a esta segunda revisión en la fecha pautada perderá definitivamente el derecho a la misma.
Marco Legal y Normativa Ministerial
"Conforme a las disposiciones legales del Ministerio del Poder Popular para la Educación sobre evaluación y prosecución escolar, los procesos de revisión y reparación están diseñados para garantizar el derecho a la educación y la tutela del rendimiento académico, exigiendo disciplina, asistencia obligatoria y corresponsabilidad por parte del estudiante y su representante legal."
⚠️ NOTA IMPORTANTE Y REQUISITOS DE ASISTENCIA:
• Si el estudiante aplazó o reprobó la materia por inasistencia injustificada durante el año escolar, no tendrá derecho a la revisión.
• Si el estudiante no asiste o no se presenta el día asignado y publicado para la prueba de recuperación, no podrá presentarla bajo ninguna excepción, a menos que presente un justificativo debidamente sellado y firmado por un centro médico o servicio de salud seguro donde se haya atendido el día del evento.
• Dicha justificación médica deberá ser notificada obligatoriamente y de forma oportuna a la Coordinación de su año escolar para evaluar su reprogramación excepcional.
• Si el estudiante aplazó o reprobó la materia por inasistencia injustificada durante el año escolar, no tendrá derecho a la revisión.
• Si el estudiante no asiste o no se presenta el día asignado y publicado para la prueba de recuperación, no podrá presentarla bajo ninguna excepción, a menos que presente un justificativo debidamente sellado y firmado por un centro médico o servicio de salud seguro donde se haya atendido el día del evento.
• Dicha justificación médica deberá ser notificada obligatoriamente y de forma oportuna a la Coordinación de su año escolar para evaluar su reprogramación excepcional.
